En España la profesión actuarial data de 1908, si bien fue en 1917 cuando se expiden los primeros títulos de las Enseñanzas Actuariales en España.
La Real Academia Española de la Lengua define al Actuario como :"Persona versada en los cálculos matemáticos y en los conocimientos estadísticos, jurídicos y financieros concernientes a los seguros y a su régimen, la cual asesora a las entidades aseguradoras y sirve como perito en las operaciones de estas".
El Instituto de Actuarios Españoles considera al Actuario como profesional regulado, titulado superior, habilitado legalmente para cuantificar riesgos económicos de toda índole, con profundos conocimientos estadísticos y financieros, y con competencias exclusivas otorgadas por Ley.
Entre sus funciones están: la cuantificación de las primas de seguros, de los importes que Aseguradoras o Bancos tienen disponibles para afrontar solventemente sus riesgos, de los riesgos de Fondos de Pensiones o aquellos riesgos que asume el sistema de Seguridad Social.